Tras más de seis horas de sesión extraordinaria, el Senado dominicano aprobó en segunda lectura el controversial proyecto de ley que reforma el Código Penal, arrastrando consigo una deuda histórica con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. En un país con uno de los códigos penales más antiguos del hemisferio (1810), la reforma no incluyó las tres causales para permitir el aborto, ampliamente demandadas por la sociedad civil.

Aunque los senadores introdujeron una figura jurídica denominada “eximente de responsabilidad”, que permitiría la interrupción del embarazo en casos donde esté en peligro la vida de la madre o el feto, especialistas en derecho y medicina afirman que la medida es insuficiente, ambigua y podría tener consecuencias letales.

“No es una despenalización. Es un riesgo jurídico. Están trasladando la responsabilidad al médico, que tendrá que probar en los tribunales que no había otra salida. Esto puede paralizar la acción médica o provocar demoras fatales”, advierte la doctora Ana Sofía Pérez, ginecóloga con 15 años de experiencia en hospitales públicos.

La clave del problema radica en la ausencia de protocolos jurídicos y médicos que establezcan cuándo y cómo se considera legítima la actuación del personal de salud. El artículo 112 establece que no será sancionada la interrupción del embarazo si se realiza con el objetivo de salvar la vida de la madre o el feto y si se agotan “todos los medios científicos y técnicos disponibles”. Sin embargo, no especifica quién determina si dichos medios se agotaron, cómo se acredita eso legalmente ni qué entidad evalúa la acción médica.

El senador y médico ginecobstetra Moisés Ayala, alertó sobre esta laguna durante la sesión, proponiendo una moción para añadir un párrafo aclaratorio que protegiera a los profesionales de la salud. Su propuesta fue ignorada.

“La redacción del eximente deja la puerta abierta a la interpretación de jueces, fiscales y abogados que no tienen formación médica. Esto genera inseguridad jurídica, incluso en situaciones de urgencia extrema”, afirmó Ayala en una entrevista posterior.

La realidad es que, con este Código, un médico podría terminar siendo procesado por homicidio si se le acusa de realizar un aborto sin haber “probado” que se agotaron todas las opciones. Y mientras se libra ese proceso, el temor en las salas de emergencia puede costarle la vida a la paciente.

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